REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

Maiquetía, doce (12) de enero del año dos mil seis (2006).
195° y 146°

Por cuanto en fecha 27 de junio del año dos mil cinco (2005), fui designada como Juez Temporal, según comunicación No. CJ- 05-3422, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y tomé posesión de este Tribunal, previa juramentación, en fecha 09 de agosto del año en curso en consecuencia me ABOCO al conocimiento de la presente causa y por cuanto de los autos se evidencia que el presente caso se encuentra en estado de Ejecución se acuerda su reanudación en el estado en que se encontraba. Visto que se encuentra vencida la oportunidad para que la parte demandada en el presente juicio, FAST COFFEE, S.A. diera cumplimiento voluntario a la sentencia dictada en fecha 20/12/2004 este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA. En tal sentido, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento al fallo. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. JASMÍN E. ROSARIO






LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ALEJANDRA GONZÁLEZ.









JR/MG/Nohemi
Exp. 10454