REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, ______ de _____________ de 2006.
195° y 146°
Visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO, que encabeza éstas actuaciones, presentado personalmente por el ciudadano: JUSTO REGALADO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.443.776, debidamente asistido por el profesional del derecho JUAN MANUEL GONZALEZ BUROZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.010, así como los recaudos que lo acompañan, este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho. Y por cuanto el documento que acompaña a la solicitud es: Un Título Supletorio evacuado en fecha 25/06/1975, por ante éste Tribunal (antes denominado Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, del Departamento Vargas del Distrito Federal), a favor del mencionado ciudadano, el cual fue consignado como fundamento de dicha solicitud, y considerándose éste como Título originario de los derechos aducidos por el postulante, en consecuencia, se ordena examinar como testigos a dos (02) personas, quienes serán evacuadas en la oportunidad que de acuerdo a la capacidad del tiempo de Despacho sea disponible en este Juzgado. Asimismo se ordena la devolución de las presentes actuaciones en su forma original con sus resultas. Elabórese copia certificada y déjese en el archivo de este Juzgado.
LA JUEZ,
LA SECRETARÍA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO. YASMILA PAREDES.
En esta misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el Nº S-2526/06.
LA SECRETARÍA
YASMILA PAREDES
Exp. Nº S-2581/06.
MS/YP/wg.