JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, ocho de Febrero de dos mil seis.

195º y 146º

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano Lorenzo Medina Colmenares, asistido por el abogado Omar Moreno Rosales, mediante la cual consigna documento de renuncia a la herencia, registrado por ante el Registro Inmobiliario con funciones notariales del Municipio Lobatera del Estado Táchira. En consecuencia, y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a la ciudadana MORENO DE MEDINA RAFAELINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.- V- 8.091.673, domiciliada en el Municipio Michelena, Estado Táchira y hábil, el carácter de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la fallecida ciudadana MEDINA COROMOTO CARMEN ZENAIDA, en su carácter de madre de la referida ciudadana. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.