JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, tres (3) de febrero de dos mil seis.
AÑOS: 195° y 146°
Visto el convenimiento realizado en fecha 31 de enero del año en curso, por la demandada, ciudadana MERCEDES CUBERO AMEZQUITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.677.152, asistida por la abogada en ejercicio HELEN JOHANNA CORRALES RUÍZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.906, y aceptado como fue el mismo, por el abogado ANUEL DISNEY GARCÍA MONTOYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.026, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, Sociedad Mercantil VIVAS VILCHES, C.A, observando esta Juzgadora, que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando anotada bajo el N° 14, en el “Libro de Registro de Sentencias”.
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
DarcyS.
Exp N° 10.986-05
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