REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, martes siete de febrero de dos mil seis, siendo las 9:40 a.m., se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MARIA YUDITH ZAMBRANO BUSHEY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.342, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE INGENIERÍA PROYECTOS Y OBRAS, C.A. (VINPROCA), è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Inspectoria del Trabajo Cipriano Castro San Cristóbal del Estado Táchira, ubicada en el Centro Comercial El Tamá de esta ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES, la cual consiste en la EJECUCIÓN FORZOSA acordada en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ANULACION conjuntamente con AMPARO CAUTELAR interpuesto por la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE INGENIERIA, PROYECTOS Y OBRAS COMPAÑÍA ANÓNIMA, (VINPROCA), contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO CIPRIANO CASTRO SAN CRISTOBAL DEL ESTADO TACHIRA, se sigue en el Expediente Nº 5951-2005 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 1878. Se encuentra presente el ciudadano: RAMÓN E. HUIZA ROJAS, titular de la C.I. Nº V-8.028.703, en su condición de Inspector del Trabajo Jefe, la Juez lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sito. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y cede el derecho de palabra a la parte actora, quién expuso: “A los fines de que se deje constancia de la practica de la presente medida, pido a este Tribunal Ejecutor de Medidas solicite el expediente N° 056-2005-01-00309 contentivo de la providencia Administrativa N° 233-2005 de fecha 27 de septiembre del año 2005, objeto de la presente medida, es todo.” En ese estado el Tribunal requiere del Notificado el expediente señalado por la parte actora, quien seguidamente presenta a este Tribunal el expediente signado con el N° 056-2005-01-00309 seguido por REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS dejados de percibir llevado en la Sala de Fueros, en virtud de la solicitud hecha por el ciudadano: FIDELINO ALDANA PACHECO contra la Empresa VENEZOLANA DE INGENIERIA, PROYECTOS, OBRAS Compañía Anónima (VINPROCA). Seguidamente el Tribunal ordena al Notificado la suspensión temporal de los efectos de la providencia Administrativa N° 233-2005 de fecha 21 de Septiembre de 2005 emanada de la Inspectoria del Trabajo Cipriano Castro San Cristóbal Estado Táchira, a tal efecto se acuerda expedir copia certificada de la presente acta así como de la decisión del Juzgado Comitente de fecha 20 de diciembre de 2005 que decretó al AMPARO CAUTELAR y acordó la suspensión temporal ordenada en este acto, a los fines de que las mismas sean agregadas al expediente signado con el N° 056-2005-01-00309. Es todo. No siendo más este Tribunal concluye el acto, siendo las 11:00 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. MARIA YUDITH ZAMBRANO BEISHEY
EL FUNCIONARIO PORLICIAL,
JACHSON GAMBOA
EL NOTIFICADO,
RAMÓN E. HUIZA ROJAS
LA SECRETARIA,
HAYDEÈ SOCORRO MORENO