REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 24 de Febrero de 2006
195° y 146°
Visto el escrito presentado por la ciudadana Abogada Gioconda Beatriz Cruzado Navas, en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:
Corre inserto al folio 03, Acta de Denuncia Común, de fecha 06 de octubre de 2000, se hizo presente ante el Despacho de la Fiscalia Undécima del Ministerio Público la ciudadana Moreno Chávez Doris Yaneth, la cual manifestó entre otras cosas que denunciaba al ciudadano Quintero Carlos Leonardo, quien la agredió física y verbalmente.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- Corre inserto al folio 04, Informe Médico Forense Nro. 9700-078-0780, de fecha 09 de octubre de 2000, suscrito por el Médico Forense Dr. Ezequiel Chacon Camargo, practicado a la ciudadana Duarte Pérez de Molina del Carmen.
2.- Corre inserto al folio 06, Acta de Inspección Ocular Nro. 1336, de fecha 06 de octubre de 2000, suscrita por los funcionarios Genofontes Velazco Mújica y Campero Bueno Jorguery, adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.
3.- Corre inserto al folio 07, Acta Policial de fecha 06 de octubre de 2000, suscrita por el funcionario Camperos Jorguery, adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 06de octubre de 2000 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ, venezolano titular de la cédula de identidad Nro. V-9.339.852, Residenciado en el Sector Angaritas Aldea Quebrada de San José, Finca las Mesitas, Municipio Jáuregui Estado Táchira, Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, colombiana titular de la cédula de ciudadanía Nro. 60.375.947, Residenciado en el Sector Angaritas Aldea Quebrada de San José, Finca las Mesitas, Municipio Jáuregui Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 24 de Febrero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 24 de Febrero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA, Residenciada en el Sector Quebrada de San José, Parte Baja, Finca la Mesita, Municipio Jáuregui Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos GREGORIO DUARTE PEREZ Y ELENA ROJAS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 24 de Febrero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano GREGORIO DUARTE PEREZ, Residenciado en el Sector Angaritas Aldea Quebrada de San José, Finca las Mesitas, Municipio Jáuregui Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano GREGORIO DUARTE PEREZ, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 24 de Febrero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano ELENA ROJAS RODRIGUEZ, Residenciado en el Sector Angaritas Aldea Quebrada de San José, Finca las Mesitas, Municipio Jáuregui Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano ELENA ROJAS RODRIGUEZ, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio de la ciudadana CELINA DEL CARMEN DUARTE PEREZ DE MOLINA.
CAUSA N º 2C-6440-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-1853-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”