San Antonio del Táchira, 16 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001977
ASUNTO : SP11-P-2005-001977


Visto el escrito presentado por el Abg. Carlos Julio Useche Carrero, Fiscal Octavo del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano HENRY BREA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.989.317, residenciado en el Barrio San Diego, La Azucena, Calle 4, N° 1-46, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 2do en concordancia con el artículo 417 ambos del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

En fecha Veintinueve (29) de Febrero de Dos Mil, funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Transito Terrestre, en comisión de servicio se trasladaron hasta la carretera Pata de Gallina, Sitio Puente Unión, Municipio Junín del Estado Táchira, con la finalidad de verificar un accidente de transito y una vez en el sitio indicado se procedió a constatar el mismo, observándose de un embarrancamiento, con saldo de dos personas lesionadas, las cuales fueron trasladadas al Hospital Padre Justo y atendidos por el médico Alejandro García.

Este Tribunal observa que desde el día Veintinueve (29) de Febrero de Dos Mil, hasta hoy han transcurrido CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y DIECIOCHO (18) DIAS, por lo que de conformidad con los artículos 108 Ordinal 6º del Código Penal, se encuentra prescrita la Acción Penal, razón por la cual este Tribunal considera procedente decretar la EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a tenor del contenido del artículo 318 Ordinal 3º ejusdem, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem y así se decide:

Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de HENRY BREA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.989.317, residenciado en el Barrio San Diego, La Azucena, Calle 4, N° 1-46, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas Graves, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 2do en concordancia con el artículo 417 ambos del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.

ABG. IKER YANEIFER CONTRERAS ZAMBRANO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


ABG. SECRETARIO (A)