San Antonio del Tachira, 16 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-002246
ASUNTO : SP11-P-2005-002246
Visto el escrito presentado por la Abg. Teresa Rodríguez Villegas, Fiscal Vigésima Sexta del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL GUTIERREZ RUBIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.187.521, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Adolescente, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha Treinta (30) de Agosto de Dos Mil Uno, la ciudadana Sonia Villaveces Porras, interpuso denuncia ante la Prefectura del Municipio Pedro Maria Ureña, manifestando que el día sábado su esposo Miguel Gutiérrez, llegó a su casa tomado, a las cinco y treinta de la mañana, entró a la casa y mientras la señora Sonia estaba en el baño, el estaba tocando las partes intimas de su menor hija Jessica Villaveces.
Este Tribunal observa que desde el día Treinta (30) de Agosto de Dos Mil Uno, hasta hoy han transcurrido CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS, por lo que de conformidad con los artículos 108 Ordinal 6º del Código Penal, se encuentra prescrita la Acción Penal, razón por la cual este Tribunal considera procedente decretar la EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a tenor del contenido del artículo 318 Ordinal 3º ejusdem, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem y así se decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal y el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de MIGUEL ANGEL GUTIERREZ RUBIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.187.521, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Adolescente, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
ABG. IKER YANEIFER CONTRERAS ZAMBRANO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. SECRETARIO (A)
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