REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL


DISPOSITIVA

Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano FRANKLIN ANTONIO PUERTA RODRIGUEZ, titular del Cédula de Identidad N° V-10.578.773, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por estar llenos los extremos de los artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ACUERDA la aplicación del procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en los artículos 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Se designa como centro de reclusión el INTERNADO JUDICIAL DE LOS TEQUES, Estado Miranda, en tal sentido se acuerda librar los oficios correspondiente anexo Boleta de Encarcelación a nombre del imputado de autos. CUARTO: Se acuerda la declinatoria de competencia al Tribunal 37 de Primera Instancia en lo Penal en función Control del Área Metropolitana de Caracas, ello a los fines que sea acumulada con la causa del ciudadano OSCAR GABRIEL ALMANZA RODRIGUEZ, de conformidad con los artículos 70, ordinal 1, 71 ordinal 2, 73 y 77, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria y remítase al Tribunal 37 de Control de Area Metropolitana de Caracas.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo penal en función Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a los veintidós días del mes de febrero de 2006.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,

DRA. YARLENY MARTIN B.
EL SECRETARIO

ABG. JORGE NOVOA