REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero (3°) de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 1 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2002-000238
ASUNTO : WK01-P-2002-000238


AUTO DE LIBERTAD PLENA

Compete a este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emite pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano TIBALDO ÁVILA SUAREZ, quien es venezolano, nacido el de Julio 1969, de 29 años de edad, natural de la Guaira, Estado Vargas, civil soltero, de oficio Obrero, residenciado en el sector Malboro, casa s/n, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.461.901, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 148 al 167 de la Cuarta (4°) Pieza, sentencia dictada por el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Estado Vargas, de fecha 14 de Nov. 2005, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano TIBALDO ÁVILA SUAREZ, de los cargos formulados en su contra por el Dr. Marvila Araujo, Fiscal designada por el Ministerio Público de este Estado, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal. Pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 14 de Nov. 2005.
Así la causa, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a este causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano TIBALDO ÁVILA SUAREZ, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 14d Nov. 2005, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, Y ASÍ SE DECIDE.

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano TIBALDO ÁVILA SUAREZ , suficientemente identificado en la presente.
EL JUEZ,


DR. CÉSAR ALEJANDRO RIERA BARBOZA
LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA LUISA UGUETO







El Juez

El Secretario

DR. CESAR ALEJANDRO RIERA