REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, primero (01) de febrero de dos mil seis (2006)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000308
PARTE ACTORA: MILAGROS COROMOTO NVAS DE QUIROZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.116.577.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA y ARMANDO ZAPATA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 81.221 Y 106.629, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “INSTITUTO COMBINADO ROMULO BETANCOURT, S.R.L”.
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: PEDRO JOHAN ANZOLA VALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.953.365, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.845.
MOTIVO: “COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”
En el día hábil de hoy, primero (01) de enero del dos mil seis (2006), siendo las once y treinta (11:30 m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el profesional del derecho PEDRO JOHAN ANZOLA VALENCIA, Apoderado Judicial de la demandada; plenamente identificado en autos. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTE COMPARECIENTE,
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000308
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Y OTROS CONCEPTOS.”
|