REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, nueve (09) de febrero de dos mil seis (2006)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000096
PARTE ACTORA: JAVIER LEOBALDO ALVAREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de las cédula de identidad No. V- 10.577.877.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, ARMANDO ZAPATA y MARY ANN PACHECO.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA.” Inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano y Estado Miranda, bajo el No. 53, tomo 73- A- QTO, de fecha 14/11/1996.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: BILLY FRANCO HERNANDEZ y DESIREE QUINTERO, abogados en ejercicio, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 89.786 y 89.249, respectivamente.-
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
En el día hábil de hoy, nueve (09) de febrero del dos mil seis (2006), siendo las dos y treinta (02:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijadas para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la profesional del derecho KATIUSKA HENRÍQUEZ BARRETO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 49.078 y titular de la cédula de Identidad N° 11.880.288, Apoderada Judicial de la parte demandada y consignó en este acto documento poder que acredita su representación. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTE COMPARECIENTE,
APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
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