REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO 
 
 
Maiquetía, miércoles primero (1°) de febrero de dos mil seis (2006)
 
195° y 146°
 
 
ACTA 
 
	
 
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000329
 
PARTE ACTORA: MIGUEL ANGEL PANZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro: 1.444.661  
 
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA DOS SANTOS DE FREITES, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el número: 32.994
 
PARTE DEMANDADA: “ADUAFLETES BRITO S.R.L.” Sociedad Mercantil; debidamente  inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha: veinticuatro (24) de febrero del año mil novecientos ochenta y uno (1.981), anotada bajo el Nro. 15, Tomo 14-A PRO. 
 
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIRIAN CECILIA TUA PADILLA abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el  Nº  10.167 
 
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS” 
 
 
         En el día hábil de hoy, miércoles primero (1°) de febrero de 2006, siendo las dos (02:00 p.m.), horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la  prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: MARIA DOS SANTOS DE FREITES Apoderada Judicial de la parte actora; y MIRIAN TUA PADILLA, apoderada judicial de la empresa demandada, ambas plenamente identificadas supra. Dándose así inicio al acto; En este estado se deja constancia que las partes han llegado a un acuerdo, en el cual la parte demandada propone un pago de Bs. 2.500.000  por los siguientes conceptos:
 
CONCEPTOS	MONTO (Bs.)
 
	
 
Vacaciones fraccionadas	    262.000,00 
 
Bono Vacacional	    145.555,00 
 
Utilidades fraccionadas	      92.276,00 
 
Vacaciones Vencidas	    336.151,00 
 
Bono vacacional vencido	    177.962,00 
 
Antigüedad	 1.486.056,00 
 
TOTAL	Bs. 2.500.000,00 
 
Dicho monto será pagado el día miércoles 15 de febrero del año 2006 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito del Trabajo. 
 
En tal sentido, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA. este Tribunal ordenará el archivo del expediente, en el momento que la parte demandada realice el pago acordado y la parte actora manifieste haber recibido el mismo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
 
EL JUEZ
 
 
DR. GUSTAVO ROMERO
 
 
 
LAS PARTES COMPARECIENTES
 
 
 
APODERADA JUDICIAL DE
 
LA PARTE ACTORA
 
 
 
APODERADA JUDICIAL DE
 
LA EMPRESA DEMANDADA,
 
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
 
ABG. RAFALMY BENITEZ
 
EXP. Nº WP11-L-2005-000329
 
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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