REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, quince (15) de febrero del dos mil seis (2006)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000154
PARTE ACTORA: YENCY RAMÓN MARIN SALAZAR venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.642.044
ABOGADO ASISTENTE: JHON ALBERTO MARQUEZ MARCANO, abogado al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 98.512
PARTE DEMANDADA: “MERCAL, C.A. MERCADOS DE ALIMENTOS”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
En el día hábil de hoy, quince (15) de febrero del dos mil seis (2005), siendo las once y treinta minutos (11:30am) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de los ciudadanos: YENCY RAMÓN MARIN SALAZAR, parte actora y el profesional del derecho JHON ALBERTO MARQUEZ MARCANO Abogado Asistente de la parte actora, ambos plenamente identificados supra, los cuales consignaron en este acto escrito de pruebas y los siguientes anexos: 1) Marcado ”A” un escrito en original con membrete de MERCAL , dirigido a Yessy Marín Jefe de Almacén y firmado por Carlos Jáuregui Coordinador de Mercal- Vargas, con fecha 02 de febrero de 2005, contentivo de un folio útil. 2) Marcado “B” una FACTURA DE VENTA A MAYORISTAS contentivo de un folio útil. Seguidamente y siendo las once y treinta y cinco minutos horas de la mañana (11:35 a.m.), el Tribunal deja expresa constancia que no compareció a este acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por el demandante. En consecuencia, visto que se requiere de un análisis del asunto debatido; este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA,
ABOGADO ASISTENTE DE
LA PARTE ACTORA,
LA SECRETARIA,
ABG. MAGJHOLY FARÍAS
EXP. No. WP11-S-2005-000154
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
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