REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE DEL  TRABAJO 
 
Maiquetía, dieciséis (16) de febrero del dos mil seis (2006)
 
195° y 146°
 
 
 
ACTA 
 
 
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000101
 
PARTE ACTORA: JOSE SALVADOR HERNANDEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.438.591 
 
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: BLADIMIR ARCILA Y JHON MARQUEZ abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 98.448 y 98.512 respectivamente.
 
PARTE DEMANDADA: CONCEJO MUNICIPAL DEL ESTADO VARGAS 
 
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4190. y Sindico Procurador Municipal del Estado Vargas  
 
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
 
 
	
 
 
En el día hábil de hoy, siendo la una (01:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de de la  Audiencia Preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos JOSE SALVADOR HERNANDEZ CAMPOS parte actora, BLADIMIR ARCILA Y JHON MARQUEZ apoderados judiciales de la parte actora y el Sindico Procurador Municipal del Estado Vargas ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ en su condición de Representante legal de la parte demandada: todos plenamente representados supra. Celebrada como ha sido la Audiencia, se deja constancia de que las partes han llegado a un acuerdo, en el cual la parte demandada persistió en el despido, de conformidad con lo establecido en el artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este sentido acordaron el pago de  los siguientes conceptos laborales correspondientes a sus Prestaciones Sociales: 
 
 
CONCEPTOS	DIAS	SALARIO DIARIO (Bs.)	MONTO (Bs.)
 
Prestación de antigüedad art. 108 pfo 1°			6.715.484,44
 
Antigüedad acreditada art. 108 parrfo1°	68	40.040,00	2.722.720,00
 
Vacaciones art., 219 LOT	66	31.200,00	2.059.200,00
 
Bono vacacional  art. 223 LOT	38	31.200,00	1.185.600,00
 
Vacaciones fraccionadas art. 225 LOT	15,50	31.200,00	483.600,00
 
Indemnización-despido art., 125 LOT	150	31.200,00	4.680.000,00
 
Indemnización- preaviso.  art., 125 LOT	60	31.200,00	1.872.000,00
 
TOTAL A COBRAR			Bs. 19.718.604,44
 
 
     Lo adeudado por los conceptos laborales antes señalados que ascienden a un monto de bolívares Diecinueve millones setecientos dieciocho mil seiscientos cuatro mil bolívares con cuarenta y cuatro céntimos (Bs. 19.718.604,44), dicha cantidad será pagada por la parte demandada en este mismo acto mediante cheque Nº 47587510 de  Banesco Banco Universal, girado contra el Código Cuenta Cliente Nº 0134-0468-29-4681002451, por la cantidad antes señalada y a nombre de del actor-demandante JOSE SALVADOR HERNANDEZ CAMPOS, quien lo recibe. Sin embargo el actor-demandante   se reserva el derecho a reclamar en su debida oportunidad los Salarios Caídos  e Intereses sobre la Prestación de Antigüedad (fideicomiso). Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
 
EL JUEZ 
 
 
Dr. GUSTAVO ROMERO
 
PARTES COMPARECIENTES
 
 
 PARTE ACTORA
 
 
APODERADO JUDICIAL DE
 
LA PARTE ACTORA
 
 
 
APODERADO JUDICIAL DE
 
LA PARTE DEMANDADA
 
LA SECRETARIA,
 
 
ABG. MAGJOHLY FARÍAS
 
WP11-S-2005-000101
 
 
 
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