REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, diecinueve (19) de Julio del dos mil seis (2006).-
196° y 147°
Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el ciudadano: FELIPE ALEJANDRO MEZA PEREZ, titular de la cédula de identidad No. V-2.904.319 y consignado como ha sido Ad Efecttum Videndi el Documento original, debidamente autenticado ante la Notaría Pública Vigésima Tercera de Caracas, en fecha treinta (30) de Marzo de 1994, bajo el No. 46, Tomo 33 de los Libros de Autenticaciones, del cual se desprende la propiedad que el Instituto Agrario Nacional le adjudicó a Titulo Definitivo Oneroso, al solicitante ciudadano: FELIPE ALEJANDRO MEZA PEREZ, sobre la parcela de terreno No. 74, ubicada en el Asentamiento campesino Caoma, sector El Molino, Jurisdicción de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas del Estado Vargas, en la cual construyó la casa de dos (02) plantas objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE, para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante ciudadano: FELIPE ALEJANDRO MEZA PEREZ, sobre la casa de dos plantas a que se contrae la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En esta misma fecha se ordena devolver original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 3253/06.-
EL SECRETARIO,