REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
196° Y 147º
San Cristóbal, 13 de julio de 2006
Vista la diligencia de fecha 06 de julio de 2006, suscrita por el ciudadano LUIS ANTONIO GAUTA MOGOLLÓN, en su carácter de representante de la empresa “TONY TORNILLO, C.A.”, el cual consigno planilla para pagar forma N° 9 N° 6055000005 por concepto de costas procesales, debidamente cancelada en la misma fecha de la presente diligencia, solicitando ante este despacho, se levante la Medida de Embargo Ejecutivo de fecha 02/04/2004, practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y en virtud de que en fecha 10/07/2006, la representante de la República Bolivariana de Venezuela, consigno diligencia mediante la cual anexa informe del SIVIT, del que se desprende la cancelación de las costas procesales, en consecuencia, por cuanto se evidencia completamente ejecutado el fallo y cancelado en todas sus partes, no habiendo nada más que ejecutar, y de conformidad con los artículos 282 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el artículo 532, numeral 2 del Código de Procedimiento Civil, lo procedente es levantar la medida de embargo ejecutivo practicada en fecha 20/05/2004, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en los términos precisos que a continuación indica el dispositivo del fallo.
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA:
1. EL LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la Sociedad Mercantil “TONY TORNILLO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anotado bajo el N° 47, Tomo 10-A de fecha 26/05/1993, con domicilio en la Prolongación de la Quinta Avenida, N° 4-97, La Concordia, San Cristóbal estado Táchira, y de los ciudadanos Luis Antonio Gauta Mogollón y Sonia Coromoto Vivas de Gauta, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-5.677.973 y V-9.335.902, en consecuencia quedan libres los bienes muebles: 1) 1.500 acciones pertenecientes a la mencionada sociedad mercantil; 2) una caja fuerte marca Museler, modelo 96649, serial 789599, color gris martillado; 3) tres (3) espárragos petroleros de 3 pulgadas por 1,25 mts de largo; 4) nueve (9) espárragos de una pulgada y tres octavos por veinticinco centímetros; 5) nueve (9) espárragos con tuercas de 1,50 por 50 centímetros de largo; 6) una llave industrial de cadena, color rojo, marca Pipe Fitting; 7) dos caretas de soldar color negro y 8) dos sargentos metálicos de hierro color gris y plateado.
2. Se Oficia a la Depositaria Los Andes S.R.L., en su carácter de Depositario Judicial de los bienes muebles antes referidos en el numeral 1 del dispositivo de la presente sentencia, con el objeto de notificarle el levantamiento de la Medida de Embargo Ejecutivo.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela notifíquese, para lo cual se comisiona a la Unidad de Recepción Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.
4. Una vez conste en autos la notificación practicada del Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena el archivo del expediente y su depósito como legajo. Cúmplase.-
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los trece (13) días del mes de julio de Dos Mil Seis. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
BLANCA ROSA GONZALEZ GUERRERO
LA SECRETARIA.
En la misma fecha se libraron oficios Nros: 10132, 10133 Y 10195, siendo las 9:30 de la mañana, se publicó la anterior sentencia dejándose copia para el archivo del Tribunal.
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO CERTIFICA QUE LO ANTERIOR, ES COPIA FIEL Y EXACTA DE LA SENTENCIA ORIGINAL QUE REPOSA EN EL EXPEDIE LA SECRETARIA NTE N° 094
LA SECRETARIA
Exp N° 0311
ABCS/Yorley
|