REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 27 de julio de 2006.
196º y 147º
Visto el acto celebrado en fecha 20 de julio de 2006 (Fls. 112 y 113), entre los abogados JOSÉ GREGORIO CHINOSME NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nº V-5.654.043, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.916, actuando con el carácter de apoderado de la parte demandante; por una parte y por la otra el abogado GERONIMO ANDRÉS DOMINGUEZ GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° V-6.940.621, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.917, parte demandada, mediante el cual celebraron transacción; vista igualmente la diligencia de fecha 21 de julio de 2006, solicitan sea homologado el acto conciliatorio celebrado en autos, el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 10 de julio del año 2003 y la medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Juzgado en fecha 13 de octubre de 2005 y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, en fecha 16 de noviembre de 2005; en consecuencia, se acuerda oficiar lo conducente al ciudadano Registrador de Inmobiliario de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira; asimismo se acuerda oficiar al ciudadano JAIME A. NARANJO, en su condición de Representante de la Depositaria Judicial La Seguridad.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/mr.-
Expediente: 16693.- En la misma fecha se oficio para el Registro bajo el Nº 1.107 y para el Representante de la Depositaria bajo el N° 1.108.
Demandante: YORLEY COROMOTO COLMENARES MOLINA, ROSALBA CASTELLANOS y BETTY SORAIDA ROVIRA MALDONADO
Demandado: CESAR AUGUSTO RAMÍREZ Y CONSUELO DEL CARMEN RAMÍREZ DE RAMÍREZ
Motivo: EJECUCIÓN DE HIPOTECA