REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL N° 1.
San Cristóbal, 06 de julio de 2006
195º y 146º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana SOLYMAR DEL VALLE ORTIZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.815.635, domiciliada en: CALLE 11, N° 19-31, BARRIO OBRERO, SAN CRISTÓBAL, ESTADO TACHIRA, civilmente hábil, en la que solicita se le autorice, para tramitar la expedición del Pasaporte de su hijo JOSE ALBERTO ESCALANTE ORTIZ, venezolano, según partida de nacimiento N° 78, expedida en fecha 28 de enero de 1998, por la Prefectura de la Parroquia Pedro Maria Morantes del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, vistos los recaudos anexos, así como el testimonio de los ciudadanos: HONORE DE ESCALNTE CARMEN GLICERIA Y ESCALANTE JESÚS, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. 2.630.648 y V- 2.545.789, respectivamente y la Notificación de la Fiscal XIV del Ministerio Público debidamente firmada en fecha 26/04/2.006. Por todo lo anteriormente expuesto, es por lo que esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y conformidad con lo establecido en los artículos 08 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana SOLYMAR DEL VALLE ORTIZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.815.635, para que tramite ante la Oficina de Identificación y Extranjería la Expedición del Pasaporte y ante la Embajada de los Estados Unidos con sede en Venezuela del niño: ALBERTO JOSE ESCALANTE ORTIZ identificado anteriormente y una vez conste en autos copia del pasaporte se expedirá autorización de Viaje. Expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesado. Cúmplase.
Abog. INDIRA RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERESONAL Nº 01
Abog. ANDREINA DUQUE CACIQUE.
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado.
La Sria.
Exp. 41165.
Leandro C.-
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