REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, martes once de julio de dos mil seis.
196º y 147º

EXP. N° 1.948.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Oferente: ALEXANDER LÓPEZ VÁSQUEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.231.346, mayor de edad, y hábil, de profesión conductor, domiciliado en La Fría, en la carrera 12, entre Avenida Aeropuerto y calle 7, Municipio García de Hevia, del Estado Táchira. Actuando en favor de sus hijas ALEXANDRA (11), MARÍA ALEJANDRA (9) y MILAGROS HAIDE (6).
Parte Oferida: HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ DE LÓPEZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.939.792, residenciada en El Barrio Las Playitas, calle principal, casa sin número, detrás del Polideportivo La Fría, Municipio García de Hevia, del Estado Táchira.
Motivo de la causa: OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Vistas las actas que conforman el presente expediente Nº 1.948-2006, aparece demostrado que el ciudadano ALEXANDER LÓPEZ VÁSQUEZ, en fecha 03 de julio de 2006, intentó solicitud de Ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, a favor de sus hijas ALEXANDRA (11), MARÍA ALEJANDRA (9) y MILAGROS HAIDE (6), para lo cual solicito al Tribunal se cite a la ciudadana HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ DE LÓPEZ, madre de las referidas niñas, a los fines de que comparezca a este Tribunal para que acepte o no la oferta realizada por él obligado, folio 1.
En fecha 04 de julio de 2006, este Juzgado admitió la solicitud, mediante la cual se acordó: Citar a la ciudadana HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ DE LÓPEZ, se libró oficio N° 1286-955 al ciudadano Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público del Estado Táchira. (Folios 2, 3,4).
Al folio 05, corre inserta el acta mediante la cual la ciudadana HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ DE LÓPEZ, en fecha 06 de julio de 2006, expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijas, ciudadano ALEXANDER LÓPEZ VÁSQUEZ y solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez se proceda a homologar la presente aceptación”.
En fecha 06-06-2006, el Tribunal acordó abrir una cuenta de ahorros en el Banco de Fomento Regional Los Andes, a nombre de la ciudadana HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ DE LÓPEZ. (Folio 06).
En fecha 06-06-2006, se libró oficio N° 1286-973 para el ciudadano Gerente del Banco de Fomento Regional Los Andes. (Folio 7).
En consecuencia, visto el ofrecimiento hecho por el ciudadano ALEXANDER LÓPEZ VÁSQUEZ y la aceptación de la ciudadana HAYDEE DIOMIRA SÁNCHEZ LÓPEZ, se equipara a un CONVENIMIENTO, este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal.

El Juez Temporal,


Abg. Luis Julio Gutiérrez
La Secretaria,
LJG/TGS/maco.-

Abg. Thais K. González S.