REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
GADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Seis de Julio de Dos Mil Seis.
196° y 147°
Vista el convenimiento celebrado entre los Ciudadanos: FREDDY LEONARDO NUÑEZ y JACQUELINE MENDOZA DURÁN, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V.- 5.738.252 y V.- 9.149.009, en su orden, de fecha 29 de Junio de 2.006, en beneficio de la Adolescente GABRIELA DUBRASKA NUÑEZ MENDOZA. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Así mismo y conforme a lo solicitado por la Ciudadana: JACQUELINE MENDOZA DURÁN, se acuerda oficiar a Banfoandes, a los fines de que aperturen Cuenta de Ahorros en Beneficio de la Adolescente GABRIELA DUBRASKA NUÑEZ MENDOZA. CUMPLASE.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Abg. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ
Juez Temporal.
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ.
Secretario Temporal
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, librándose el oficio Nº 3170- dirigido a Banfoandes. Dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.