REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia en lo
Penal en funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 14 de Julio de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2006-002674
ASUNTO : WP01-P-2006-002674

Corresponde a este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, emitir pronunciamiento respecto de la solicitud interpuesta por la Dra. Sonia Angarita, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual manifiesta y requiere “…En fecha 14 de julio de 2006 comparece ante la Unidad de atención a la Victima adscrita a esta Fiscalía Superior, el ciudadano MICHEL GEORGES TERKMANI SAYEG, titular de la Cédula de Identidad N° E-947.514, extranjero, mayor de edad, casado, residenciado en las Colinas del Balneario de Catia La Mar, Calle D, Quinta Tersay, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas, teléfono 0414-2854011, referido mediante comunicación N°EV-F3-803-06 de esta misma fecha, emanado de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, de la cual se anexa copia, victima en la causa penal que cursa por ante la referida Fiscalía, signada bajo el Nro. 23-F3-0593-06, por los delitos de Robo agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Lesiones Personales Genéricas, por presuntas amenazas recibidas de personas desconocidas, a los fines de que le fuera tramitada Medida de Protección. Al respecto dicho ciudadano manifiesta lo siguiente: “El día sábado 24 de Junio de 2006, aproximadamente a las 7:00 de la noche, penetraron tres sujetos portando armas de fuego a mi local comercial de nombre Tersay, ubicado en la Av. Principal de la Páez, frente al bloque 1 de la Parroquia Catia La Mar, sometieron a mis empleados y uno de ellos llegó hasta mi oficina donde me encontraba con mi esposa de nombre ANA LUISA FLORES, cuadrando las cuentas del día, este sujeto nos golpeó y bajo amenazas de muerte me obligo a que le abriera la caja fuerte, a mi hermano de nombre LORAN TERKMANI, quien se encontraba con mis empleados también lo golpearon fuertemente en la cabeza, al igual que a 8 de mis empleados, en ese momento llegó un funcionario de la Policía del Estado del estado y frustró el atraco. Los sujetos me quitaron el celular y a dos de los empleados también, lo cuales no aparecieron. Luego se llevaron detenido a los delincuentes y los presentaron en el Tribunal, uno de es un adolescente y los otros dos son mayores de edad, participe en la audiencia del adolescente, ese día estaba una banda de muchachos jóvenes con los familiares a las afuera del Tribunal, eran como 20 personas aproximadamente, todos me conocen y saben hasta donde resido ya que soy un comerciante muy conocido en el sector. Se que mi comercio se encuentra en una zona muy peligrosa, el año pasado también me atracaron y en esa oportunidad se llevaron 70 millones de bolívares aproximadamente y no atraparon a los delincuentes, en esa oportunidad tenia en la caja fuerte aproximadamente 100 millones de bolívares y lo que mas me preocupa es que después de todos estos hechos, he recibido una serie de llamadas telefónicas tanto a mi celular personal como al teléfono del negocio, de hombre y mujeres diciéndome que no acuse a los detenido, que no siga con al denuncia porque me van a matar, que saben donde vivo y conocen a mis tres hijos de nombres GEORGE, SALIM Y JOSE TERKMANI, todos mayores de edad y a mi esposa de nombre ANA LUISA, tengo miedo que concreten sus amenazas y le suceda algo a mi familia, todos vivimos en la misma casa, solicito protección para mi negocio, para mi y ma familia.”… solicito muy respetuosamente se sirva dictar medidas de protección necesarias para garantizar la integridad física del ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG, titular de la Cédula de Identidad N° E-947.514, extranjero, mayor de edad, casado, residenciado en las Colinas del Balneario de Catia La Mar, Calle D, quinta Tersay, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas… su grupo familiar y la de sus bienes, consistente en un local comercial de nombre Tersay, ubicado en la Av. Principal de la Páez, frente al bloque 1 de la Parroquia Catia La Mar, bajo la modalidad de Apostamiento Policial, en virtud del riesgo que corre la victima y su grupo familiar…

Riela a los folios 03 y 04 de las actas que conforman la presente Causa, acta de entrevista tomada en la Unidad de Atención a la Víctima de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Vargas al ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG. Riela al folio 05, acta Nro. 872 de fecha 14-07-2006 levantada en la Unidad de Atención a la Victima al ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG.,

Ahora bien, analizadas las circunstancias de hecho que motivaron la solicitud fiscal y las cuales constituyen a criterio de quien aquí decide, hechos de carácter grave, en virtud del tipo de amenazas y agresiones que ha sufrido el ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG, es por lo que este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho acordar protección al mencionad ciudadan, asi como a su grupo familiar integrado por su hijos GEORGE, SALIM Y JOSE TERKMANI, todos mayores de edad y su i esposa de nombre ANA LUISA, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se ordena al Director del Instituto Autónomo de Policía y Circulación del Estado Vargas, que comisione a funcionarios adscritos a la Comisaría mas cercana al domicilio de la víctima, para lo cual se le ordena, que comisione a funcionarios adscritos a ese Órgano Policía a objeto que presten Apostamiento Policial por el lapso de Tres (03) Meses en: 1) Residencia ubicada en: Colinas del Balneario de Catia La Mar, Calle D, Quinta Tersay, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas. 2) Local Comercial ubicado en: Avenida Principal de la Paéz, frente al Bloque N° 1, de la Parroquia Catia La mar, Estado Vargas, y presten apoyo policial a las mismas cuando sea requerido por ellas en virtud de cualquier amenaza o agresión de la cual sean objeto por parte de personas desconocidas, caso en el cual, deberán hacerlo del conocimiento inmediato de la Fiscalía Superior del Ministerio Público, Despacho este que igualmente queda en la obligación, a través de la Unidad de Atención a la Víctima, de solicitar informes periódicos al cuerpo policial comisionado sobre el cumplimiento de la medida y manifestar a este Órgano Jurisdiccional cualquier particular respecto a la misma y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. Sonia Angarita, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección por el lapso de tres (03) meses, al ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG, es por lo que este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho acordar protección al mencionad ciudadano, asi como a su grupo familiar integrado por su hijos GEORGE, SALIM Y JOSE TERKMANI, todos mayores de edad y su i esposa de nombre ANA LUISA, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, medida que ha de ser ejecutada bajo los parámetros arriba explanados.

Regístrese, diarícese, publíquese y líbrense los correspondientes oficios al Director del Instituto Autónomo de Policía y Circulación del Estado Vargas, a la Fiscalía Superior.
LA JUEZ (S) DE CONTROL NRO. 1

ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ

LA SECRETARIA

ABG. BELITZA MARCANO