REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, lunes tres de julio de dos mi seis, siendo las 09:00 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados VICTOR EDUARDO MALDONADO y ADRIANA TERESA HEREIDA GANDICA, inscritos en el Inpreabogado números 89.899 y 90.902, respectivamente, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora, é indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Carretera vieja El Corozo, calle los Cortijos, Sabaneta, Local sin número, con el nombre en su parte externa con “Latonería y Pintura Ramos” Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, la cual consiste en la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes del deudor, en el JUICIO que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORABLES, seguido en el expediente Nº 4656-01, que cursa por ante el JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA en el cual el ciudadano: FERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, contra el TALLER DE LATONERIA Y PINTURA RAMOS. Acompaña al Tribunal el funcionario policial DARIO CONTRERAS, placa 1278. Se encuentra el ciudadano: GREGORIO RAMOS GRANADOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.028.500, en su condición de propietario del Taller de Latonería y Pintura Ramos, quien se encuentra asistido por el abogado ANTONIO LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.186. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión Conferida por el Juzgado Comitente, y se designa como Perito Avaluador al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-1.555.677 y como Depositario al ciudadano MILTÓN LEAL CHACÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-172.133, representante de la Depositaria Judicial Los Andes S.R.L., quienes estando presentes manifestaron aceptar el cargo y prestaron el juramento de Ley ante la Juez. En este estado el Tribunal cede el derecho de palabra y concedido como fue a la parte actora, expuso: “Señalo a este Tribunal se traslade a la siguiente dirección: calle 4 entre carreras 9 y 10 diagonal a la Gobernación Estacionamiento Parque Sucre”. El Tribunal visto solicitado acuerda de conformidad el traslado a la dirección señalada. Y una vez en el sitio, la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido como fue, expuso: Señalo para Embargar Ejecutivamente, un vehículo consistente: clase: camioneta; tipo: Sport Wagon; modelo: Blazer 4x2; marca: chevrolet; año 1.998; color azul; serial: 4WV325926; serial carrocería: 8ZNCS13W4WV325926; uso particular; placas: GAP-295; propiedad de la parte ejecutada.” Seguidamente, el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado, a los fines de que rinda su informe y expuso: “ Dicho vehículo antes mencionado, se trata de una camioneta marca chevrolet; tipo: Blazer, color: azul; de 4 puertas; modelo 1.998; con serial N° 8ZNCS13W4WV325936; placa GAP-29S; tapicería, latonería y pintura en buen estado, posee 3 espejos retrovisores, antena, equipo de sonido, 3 cepillos limpia parabrisas, vidrios eléctricos; con un kilometraje de 292948; 4 cauchos en servicio regular estado, batería marca DUNCAM 800, con serial LY6339697; asimismo posee accesorios como gato, cables de batería; herramienta; llave de rueda y un cauchote repuesto en regular estado, el mencionado vehículo actualmente se encuentra en buen estadote conservación y lo avaluó prudencialmente en la suma de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (BS. 30.000,00). En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el bien señalado y descrito; y en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado. En este estado solicito el derecho de palabra la parte actora, y concedido como fue expuso: “En vista de que se llegó a un acuerdo con la parte, a la cual se le están practicando el procedimiento de Embargo, se acordó un plazo de veinte (20) días continuos, para el pago del monto estipulado por el Juzgado Comitente, por la cantidad de TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 39.697.725,56), el cual será cancelados en efectivo en el plazo antes mencionado, por el ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMOS, identificado en la presente acta, Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 1:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale Todo.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA,
ABG. ADRIANA HEREIRA G.
EL NOTIFICADO,
JOSÉ GREGORIO RAMOS
ABOGADO ASISTENTE DEL NOTIFICADO
ABG. ANTONIO LINARES
EL PERITO AVALUADOR,
CARLOS ARTURO SÁNCHEZ
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
MILTÓN LEAL CHACÓN
EL FUNCIONARIO POLICIAL
DARIO CONTRERAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
En el día de hoy, lunes tres de julio de dos mi seis, siendo las 09:00 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados VICTOR EDUARDO MALDONADO y ADRIANA TERESA HEREIDA GANDICA, inscritos en el Inpreabogado números 89.899 y 90.902, respectivamente, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora, é indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Carretera vieja El Corozo, calle los Cortijos, Sabaneta, Local sin número, con el nombre en su parte externa con “Latonería y Pintura Ramos” Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, la cual consiste en la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes del deudor, en el JUICIO que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORABLES, seguido en el expediente Nº 4656-01, que cursa por ante el JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA en el cual el ciudadano: FERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, contra el TALLER DE LATONERIA Y PINTURA RAMOS. Acompaña al Tribunal el funcionario policial DARIO CONTRERAS, placa 1278. Se encuentra el ciudadano: GREGORIO RAMOS GRANADOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.028.500, en su condición de propietario del Taller de Latonería y Pintura Ramos, quien se encuentra asistido por el abogado ANTONIO LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.186. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión Conferida por el Juzgado Comitente, y se designa como Perito Avaluador al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-1.555.677 y como Depositario al ciudadano MILTÓN LEAL CHACÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-172.133, representante de la Depositaria Judicial Los Andes S.R.L., quienes estando presentes manifestaron aceptar el cargo y prestaron el juramento de Ley ante la Juez. En este estado el Tribunal cede el derecho de palabra y concedido como fue a la parte actora, expuso: “Señalo a este Tribunal se traslade a la siguiente dirección: calle 4 entre carreras 9 y 10 diagonal a la Gobernación Estacionamiento Parque Sucre”. El Tribunal visto solicitado acuerda de conformidad el traslado a la dirección señalada. Y una vez en el sitio, la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido como fue, expuso: Señalo para Embargar Ejecutivamente, un vehículo consistente: clase: camioneta; tipo: Sport Wagon; modelo: Blazer 4x2; marca: chevrolet; año 1.998; color azul; serial: 4WV325926; serial carrocería: 8ZNCS13W4WV325926; uso particular; placas: GAP-295; propiedad de la parte ejecutada.” Seguidamente, el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado, a los fines de que rinda su informe y expuso: “ Dicho vehículo antes mencionado, se trata de una camioneta marca chevrolet; tipo: Blazer, color: azul; de 4 puertas; modelo 1.998; con serial N° 8ZNCS13W4WV325936; placa GAP-29S; tapicería, latonería y pintura en buen estado, posee 3 espejos retrovisores, antena, equipo de sonido, 3 cepillos limpia parabrisas, vidrios eléctricos; con un kilometraje de 292948; 4 cauchos en servicio regular estado, batería marca DUNCAM 800, con serial LY6339697; asimismo posee accesorios como gato, cables de batería; herramienta; llave de rueda y un cauchote repuesto en regular estado, el mencionado vehículo actualmente se encuentra en buen estadote conservación y lo avaluó prudencialmente en la suma de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (BS. 30.000,00). En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el bien señalado y descrito; y en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado. En este estado solicito el derecho de palabra la parte actora, y concedido como fue expuso: “En vista de que se llegó a un acuerdo con la parte, a la cual se le están practicando el procedimiento de Embargo, se acordó un plazo de veinte (20) días continuos, para el pago del monto estipulado por el Juzgado Comitente, por la cantidad de TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 39.697.725,56), el cual será cancelados en efectivo en el plazo antes mencionado, por el ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMOS, identificado en la presente acta, Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 1:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale Todo.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA,
ABG. ADRIANA HEREIRA G.
EL NOTIFICADO,
JOSÉ GREGORIO RAMOS
ABOGADO ASISTENTE DEL NOTIFICADO
ABG. ANTONIO LINARES
EL PERITO AVALUADOR,
CARLOS ARTURO SÁNCHEZ
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
MILTÓN LEAL CHACÓN
EL FUNCIONARIO POLICIAL
DARIO CONTRERAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA