REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control del Circuito
Judicial Penal del Estado Vargas
Macuto, 11 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: WP01-S-2003-010536
ASUNTO: WP01-S-2003-010536
DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la sentencia No. 972, de fecha 09-05-06, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda dejar SIN EFECTO, la convocatoria de audiencia de Violencia familiar realizada a las partes para el día 22 de Junio de 2006. Igualmente este tribunal NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Ministerio Público en fecha 14-11-2003, por cuanto de la revisión exhaustiva de la presente causa no se pueden evidenciar los elementos de convicción necesarios para decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad alguna. Por último acuerda DEVOLVER la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, a los fines que se continúe con las investigaciones y un vez culminada la fase preparatoria se presente el acto conclusivo que haya lugar.
LA JUEZ
ABG. KARLA MORALES MORA
LA SECRETARIA
ABG. JEYLAN SANDOVAL.