REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Control del Circuito
Judicial Penal del Estado Vargas

Macuto, 04 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-S-2004-003330
ASUNTO: WP01-S-2004-003330


DISPOSITIVA

Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la sentencia No. 972, de fecha 09-05-06, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda dejar SIN EFECTO, la convocatoria de audiencia de Violencia familiar realizada a las partes para el día 08 de Junio de 2006. Igualmente este tribunal NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Ministerio Público en fecha 17-02-2004, por cuanto de la revisión exhaustiva de la presente causa no se pueden evidenciar los elementos de convicción necesarios para decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad alguna. Por último acuerda DEVOLVER la presente causa a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico, a los fines que se continúe con las investigaciones y un vez culminada la fase preparatoria se presente el acto conclusivo que haya lugar.
LA JUEZ

ABG. KARLA MORALES MORA

LA SECRETARIA

ABG. JEYLAN SANDOVAL