REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Tachira, 18 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-001944
ASUNTO : SP11-P-2006-001944


Visto el escrito presentado por la Abg., VIOLETA INFANTE BENCOMO Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.501.901, en perjuicio de la ciudadana GÓMEZ ALVAREZ MIRIAN YANETH, Venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.708.100, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

La presente causa se inicia en fecha Siete (07) de Julio del Dos Mil Cuatro, se recibieron actuaciones realizadas con la denuncia interpuesta por la ciudadana GÓMEZ ALVAREZ MIRIAN YANETH, ya identificada, por cuanto refirió que le había sido retenido a la ciudadana ELIZABET BARRERA GARCÍA, un vehículo marca Chevrolet, placas EAJ-80N, año 2001, modelo Sunfire, color beige, en fecha 22-06-2004 por cuanto al parecer el vehículo se encontraba solicitado por robo, según le manifestaron los funcionarios del CICPC Sub – Delegación de San Antonio, Brigada de Vehículo de Peracal, el cual una vez que ella se hizo presente en compañía de una abogada de nombre Deyanira Figuera, el mencionado vehículo le fue entregado al su exconcubino de nombre GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ, quien se encontraba en la Sub-Delegación en compañía de su hijo de este.-
Analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que no constan actuaciones que permitan establecer que estamos frente a la comisión de un hecho punible, por lo que, los hechos contenidos en esta causa no son típicos, ya que los mismos no pueden encuadrarse en alguna de las figuras señaladas en el Código Penal o en las Leyes Penales Especiales como Delitos, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano PERSONAS DESCONOCIDAS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano PERSONAS DESCONOCIDAS, en perjuicio de la ciudadana GÓMEZ ALVAREZ MIRIAN YANETH, Venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.708.100, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.



ABG. CLEOPATRA DEL VALLE A. PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



ABG. SECRETARIO (A)