REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 20 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : WL01-P-2003-000049
ASUNTO : WL01-P-2003-000049
Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de FLOR MARIOA SEQUERA CRUZ siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
A FLOR MARIOA SEQUERA CRUZ se le condenó a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES siendo redimida por un tiempo de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS por lo que le falta por cumplir una pena de DIECINUEVE (19) AÑOS, UN (01) MES Y TRECE (13) DIAS en virtud que la penada fue detenida por primera vez en fecha 23-06-2004 hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 10-10-2006 a las 12 horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 16-11-2008 a las 08 horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 09-04-2017 a las 16 horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 15-05-2019 a las 12 horas.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 03-09-2025.
Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de notificación al penal a los fines de que sea notificada de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. MARIA ESTHER ROA.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA LUISA UGUETO.