REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, 11 de Julio de 2006
196° y 147°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000190
PARTE ACTORA: JESUS RAMON FELIBERTT RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.754.546
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JHON MARQUEZ, procurador de trabajadores inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.98.512
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA EL ANCLA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONTITUYÓ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS

En el día hábil de hoy, 11 de Julio de 2006, siendo las doce y treinta minutos (12:30 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para dar inicio a la Audiencia Preliminar comparecieron los Ciudadanos: JESUS RAMON FELIBERTT RODRIGUEZ y JHON MARQUEZ, ya identificados. Siendo la una y catorce minitos de la tarde (01:14 p.m.), se deja expresa constancia que la parte demandada no compareció a la presente Audiencia ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, y en tal sentido, una vez revisado el libelo de demanda, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JESUS RAMON FELIBERTT RODRIGUEZ en contra de la empresa CONSTRUCTORA EL ANCLA, C.A. En consecuencia, toda vez que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha.
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTINEZ LEZAMA


LAS PARTES COMPARECIENTES:

JESUS RAMON FELIBERTT RODRIGUEZ


JHON MARQUEZ
LA SECRETARIA,


ABG. MAGJOHLY FARIAS
Exp. No. WP11-L-2006-000190