REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
 
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
 
 DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO
 
 
Maiquetía,  siete (07) de Julio del año  dos mil seis (2006)
 
196° y 147°
 
 
ACTA 
 
 
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000505
 
PARTE ACTORA: RAMON PEREZ CASTRO, venezolano, titular de la cédula de identidad N°  6.075.832- 
 
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROXANA CABELLO, Procuradora de Trabajadores del Estado Vargas inscrita en el Instituto de Previsión Social  del Abogado bajo el Nro.  103.642 
 
PARTE DEMANDADA: “CONSORCIO APT AEROPUERTO 2000.”  Conformado por las empresas “ALIVA STUMP C.A.”, “PLUSMETAL CONSTRUCCIONES DE ACERO, C.A.” y “TEGAVEN, TEIXEIRA DUARTE Y ASOCIADOS, C.A.”  
 
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ 
 
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”.
 
 
 
     En el día hábil de hoy, viernes siete (07) de julio del dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio o apertura  de la  Audiencia Preliminar, compareció a la misma la ciudadana: ROXANA CABELLO  Apoderada Judicial de la  parte actora, identificada ut-supra. En este estado, la parte demandante consignó escrito de pruebas constante de un (01) folio útil y anexo marcado con la letra “A” referida a un Acta en copia certificada emanada de la Sala de Reclamos de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Vargas, contentivo de un (01) folio útil. Seguidamente y siendo las once y cuarenta minutos (11:40 a.m.), horas de la mañana el Tribunal deja expresa constancia que no compareció a este acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal, presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por la demandante. En consecuencia, visto que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados; este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha.
 
EL JUEZ,
 
 
Dr. GUSTAVO ROMERO
 
 
COMPARECIENTE
 
 
APODERADA JUDICIAL DE
 
 LA PARTE ACTORA
 
 
 
LA SECRETARIA
 
 
 
ABOG. MAGJHOLY FARÍAS
 
EXP. N° WP11-L-2006-000216
 
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES 
 
Y OTROS BENEFICIOS” 
 
 
 
 
 
 
 
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