REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, siete (07) de Junio del dos mil seis (2006).-
196° y 147°
Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el ciudadano: ROSALIO GUILLEN BENITEZ, titular de la cédula de identidad No. V-62.843 y consignado como ha sido, el Documento original, debidamente protocolizado ante el Registro Subalterno del Departamento Vargas, hoy del Estado Vargas, bajo el No. 49, folio 52, vto., Protocolo Primero del Primer Trimestre del año 1913, del cual se desprende la propiedad que tiene el solicitante sobre el fundo PATANICO, donde se encuentra construida la casa de habitación de aproximadamente noventa metros (90 mts.) objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE, para asegurar la posesión o algún derecho de la solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En esta misma fecha se ordena devolver original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 2945/06.-
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE