REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 26 de Junio de 2006.
196º y 147º

Vista la anterior QUERELLA INTERDICTAL DE OBRA VIEJA, presentada por el ciudadano: VICTOR MANUEL MATAMOROS, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.954.831, asistido por la Dra. GLADYS DEL VALLE REQUENA,, Abogado en ejercicio, de este domicilio e Inpreabogado Nº 19.289, contra la ciudadana: IRIS JOSEFINA GARCIA ALCALÁ, Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.090.022, désele entrada y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal, antes de pronunciarse acerca de la presente Solicitud, ordena la realización de una Inspección Judicial, y a tal efecto, se fijan las 11:00 a.m., del día Martes 04 de Julio de 2006, para el traslado y constitución del Tribunal al inmueble objeto de la presente Querella. Asimismo se designa como Experto al ciudadano ALEJANDRO GARCIA BRACHO, quien es mayor de edad, de profesión Ingeniero y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.576.443.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.

En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 6759.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES.
MS/YP/if
Exp. Nº 6759.