REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTÓBAL, VEINTISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
196° y 147°
Por cuanto de los autos se evidencia que la parte demandada constituída por el ciudadano GABRIEL OLIFEROW, dio cumplimiento a la sentencia emitida por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 26 de noviembre de 2003, tal como se evidencia en la diligencia suscrita el día 16 de marzo de 2004, inserta al folio 55, y la parte actora retiró la cantidad consignada sin emitir objeción alguna, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CANCELADA LA HIPOTECA ESPECIAL Y DE PRIMER GRADO constituída por documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Cristóbal, de fecha 07 de diciembre de 2001, bajo el N° 9, Tomo 19, Protocolo I, Cuarto Trimestre de 2001, sobre el inmueble consistente en un lote de terreno y la casa de habitación sobre él construída, ubicada en Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista, sitio conocido como Altos del Polígono de Tiro, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, alinderado por el NORTE, con la vía pública de acceso a los terrenos del polígono, mide 4,95 mts.; SUR, con terrenos que son o fueron del Dr. Márquez en parte y en parte con terrenos que son o fueron de Antonio Ramón Mora, mide 22,25 mts.; ESTE, Con terrenos propiedad de Nicolay Oliferow, mide en línea quebrada 39,40 mts. y OESTE, Terrenos actualmente de Ricardo Gaitán, antes de José Ángel Pineda, mide 32,25 mts., adquirido por el demandado GABRIEL OLIFEROW GRIGORIEW ante la Oficina mencionada según documento protocolizado en fecha 27 de julio de 1.987, bajo el N° 37, Tomo 5, Protocolo Primero, Tercer Trimestre.
En tal virtud, y en estricto apego a la sentencia emanada del Juzgado Superior arriba mencionado, una vez quede firme la presente decisión, se procederá al levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada sobre el inmueble descrito, en fecha 29 de noviembre de 2002 y así formalmente se decide.
El Juez Temporal,
Josué Manuel Contreras Zambrano.-
La Secretaria,
Jocelynn Granados Serrano.-
Yuderky.-
La suscrita secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, CERTIFICA la exactitud de la copia anterior tomada del expediente número 16293 de 2002, relacionado con el juicio seguido por MAURELENA REYES DE ACEVEDO contra GABRIEL OLIFEROW GRIGORIEW por EJECUCION DE HIPOTECA, la cual se expide por orden del Ciudadano Juez Temporal a los fines de su archivo del Tribunal.- San Cristóbal, 26 de junio de 2006.-
La Secretaria,
Jocelynn Granados Serrano.-