JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 21 de Junio de dos mil seis.
196º y 147º

Recibido por distribución, constante todo de treinta y seis ( 36 ) folios útiles. Fórmese expediente e inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente, admitiéndose la presente solicitud. Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos: ANA ISABEL CONTRERAS DE MONCADA, OSCAR MONCADA CONTRERAS, MARICELA MONCADA CONTRERAS Y ZENAIDA MONCADA CONTRERAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 9.330.641, V- 17.527.625, V- 14.281.778 y V- 14.281.740 en su orden, domiciliados en La Grita, Municipio Jáuregui, Estado Táchira el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido VICENTE ELIAS MONCADA MONCADA, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.763.983, quién estaba domiciliado en la Grita, Estado Táchira; en su carácter de padre de las referidas ciudadanas. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
En la misma fecha se inventarió bajo el Nº 1448-2006 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.

yilda