JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
196° y 147°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 30/05/2006, suscrita por el abogado ABELARDO RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.441, con el carácter de apoderado especial de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES LOVERA C.A., por una parte y por la otra, la ciudadana MARTHA ESPERANZA MEDINA ROSALES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 3.194.582 y de este domicilio, asistida del abogado ARMANDO RAMON CARRRO RAMIREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 115.787, en la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; asimismo, expídanse los dos (02) juegos de copias fotostáticas certificadas la referida transacción y del presente auto.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los seis días del mes de junio del año dos mil seis (06/06/2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.



GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL


MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA