JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

196° y 147°


Visto el contenido de la diligencia de fecha 31/05/2006, suscrita por los abogados JOSE ERNESTO CHAVEZ MEDINA y MANUEL ANTONIO YAÑEZ BARRIOS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 111.094 y 109.696 en su orden, con el carácter de apoderados especiales de la parte demandante, SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA CARACAS C.A., por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadana, ALICIA ARENALES BARAJAS, asistida del abogado JAVIER CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.218, donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; y vista igualmente la diligencia de fecha 01/06/2006, suscrita por el abogado MANUEL ANTONIO YAÑEZ BARRIOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 109.696, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los ocho días del mes de junio del año dos mil seis (08/06/2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.



GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL


MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA