REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 29 de junio de 2006.
196° y 147º
Visto el convenimiento celebrado por ante este Tribunal, por los ciudadanos NIÑO MARIA ZOILA, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N°CC-60.404.879 y HÉCTOR RAMÓN RAMÍREZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-8.987.463, a favor de la niña (Se omite el nombre), en el expediente N° 1237-2002 de obligación alimentaria; y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Sria.,
pedro