REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 07 de junio de 2006.
196° y 147º
Visto el convenimiento suscrito por ante este Tribunal entre los ciudadanos ESCALANTE VILLAMIZAR RENNY EDWAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.974.920 y AMAYA CARRILLO KIRA YESENIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-14.974.590, a favor de la niña (Se omite el nombre), en el expediente N° 1759-06 de obligación alimentaria; y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializada.
La Sria.,
pedro