En el día de hoy, 16 de Junio de dos mil seis, siendo las diez de la mañana, día y hora fijado para la realización del ACTO CONCILIATORIO, comparecen por ante este Despacho los ciudadanos: YNGRID COROMOTO DUQUE COSTERO Y LUIS ALBERTO MOROS CHACON, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-10.166.484 y V-9.210.335 demandante-demandado y padre del adolescente: (Identidad omitida por disposición de la LOPNA). La Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Después de una conversación con el demandado de autos, solicito el derecho de palabra y cedido como le fue, expuso: ”Ofrezco como pensión Alimentaria para mi hijo la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales, para la época escolar en el mes de Septiembre una cuota igual y adicional de CIEN MIL BOLIVARES (BS 100.000,00) y para Diciembre, adicional CIEN MIL BOLIVARES (BS 100.000,00) para gastos de Navidad, solicito que se apertura una cuenta de ahorros para hacer los respectivos depósitos los cuales haré mensualmente y que la madre retire mensualmente lo correspondiente al monto mensual de la pensión para mi hijo. Asimismo en relación con la deuda atrasada me comprometo a depositar mensualmente, hasta que quede al día con dicha deuda. En este estado le fue cedido el derecho de palabra a la demandante de autos, quien expuso:” Estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mi hijo y que se apertura cuenta de ahorros por este Tribunal.- En consecuencia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, EN UN TODO ACUERDO CON EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, LE IMPARTE A LA CONCILIACIÓN SUSCRITA ENTRE LAS PARTES SU HOMOLOGACIÓN CORRESPONDIENTE, POR LO CUAL SE TENDRÀ CON FUERZA EJECUTORIA.- Se hace del conocimiento de las partes que la pensión alimentaria aquí fijada se incrementará anualmente de acuerdo a la Inflación y a los IPC emitidos por el Banco Central de Venezuela.-CUMPLASE.- Se ordena Aperturar cuenta de Ahorros en el Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) a nombre de este Juzgado y del adolescente: LUIS ALBERTO MOROS DUQUE, representado por la ciudadana: YNGRID COROMOTO DUQUE COSTERO.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez Provisorio,
Abg. LUISA MEDINA DE CHACON

LOS COMPARECIENTES,




La Secretaria,

ABG. MARISOL MALDONADO


En la misma fecha, se certifico copia al carbón para el archivo del Tribunal y se libra oficio Nº 892 al Gerente de BANFOANDES, SUCURSAL TARIBA.-

GR




La suscrita secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original, copiada textualmente y a un mismo tenor de la CONCILIACION suscrita entre las partes, en el expediente de OBLIGACION ALIMENTARIA N° 3682-2006. Táriba, 16-06-2006.
LA SECRETARIA,

ABG. MARISOL MALDONADO
GR