REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO MUNICIPIOS CARDENAS-GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TARIBA.-
PARTE DEMANDANTE: LUZ MAGALY CRUZ MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-6.431.272.-
PARTE DEMANDADA: NELSON VARGAS, Extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° E-83.632.386, de este domicilio y hábil.-
MOTIVO: OBLIGACION ALIMENTARIA
EXPEDIENTE CIVIL N° 3.712-2006.
Admitida la presente Causa en fecha: 21 de Junio de 2006, la presente demanda cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ordeno la Citación de la parte demandada.
Ahora bien, por cuanto en fecha 21 de Junio de 2006, la ciudadana: LUZ MAGALY CRUZ MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-6.431.272, parte Solicitante y con el carácter acreditado, DESISTIO del procedimiento, y solicitaron se de por concluido el procedimiento, se levante la medida decretada, y el archivo del mismo, éste Juzgado lo considera conducente y así lo decide.-
Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS-GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, de conformidad con previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le IMPARTE SU HOMOLOGACION, en consecuencia, ordena se levante la medida de retención de Prestaciones Sociales, el Archivo del expediente, y su remisión al Archivo Judicial. Regístrese y Publíquese.-
Dado, sellado, firmado y refrendado en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello, en Táriba, siendo las Once y Treinta minutos de la mañana del día VEINTINUEVE DE JUNIO DOS MIL SEIS.- Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación. LA JUEZ PROVISORIO: (Fdo). ABG: LUISA MEDINA DE CHACON. (Lugar del Sello). LA SECRETARIA. (Fdo). ABG: MARISOL MALDONADO.- En la misma fecha se cumple con lo ordenado, publica la anterior Sentencia, deja copia certificada para el archivo del Tribunal, se libra lo conducente al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Empresa Auto Andes, Concesionario de la Fiat, Avenida Cuatricentenaria, San Cristóbal, Estado Táchira mediante Oficio N° 976, al Juzgado Comisionado en Distribución de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, mediante Oficio N° 977 y se archiva el expediente constante de – 13– folios útiles.- LA SECRETARIA. (Fdo). ABG. MARISOL MALDONADO.”……
QUIEN SUSCRIBE, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS-GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA; CERTIFICA: La exactitud de la presente copia por ser traslado fiel y exacto de su ORIGINAL copiada textualmente y a un mismo tenor de la homologación impartida a desistimiento en Causa N° 3.712-2006, que cursó ante éste Despacho. TARIBA: VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.-
LA SECRETARIA:

ABG: MARISOL MALDONADO.-
P/Q.-