REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA
En el día de hoy lunes cinco (05) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 9:05 minutos am, tal como fue acordado en el auto anterior de fecha 01/06/2006, por este Juzgado, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en la calle 3, entre carreras 1 y 2, casa N° 18, Barrio las Mercedes de la ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir con el Mandamiento de Ejecución de fecha 24 de mayo de 2006, decretado por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, por juicio de DESALOJO seguido por la ciudadana: CARMEN AURORA RAMIREZ ZAMBRANO, por medio de su apoderada judicial abogada: LIUBA MARIA RAMIREZ ZAMBRANO, demandan al ciudadano: FREDDY ALBERTO PEDRAZA, plenamente identificados en autos, Mandamiento de Ejecución librado en el expediente N° 1294-2006. Constituido el Juez Ejecutor de Medidas en la referida casa, procedió a solicitar al demandado y se encontraba presente el ciudadano: FREDDY ALBERTO PEDRAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.346.866, en su carácter de demandado, con domicilio donde esta constituido este Tribunal, quien expuso: “Quedo notificado de la misión de este Juzgado Ejecutor de Medidas”; previa notificación expuesta por el Juez presente en este acto la abogada: LIUBA MARIA RAMIREZ ZAMBRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 8.092.628, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 87.248, en su carácter de apoderada judicial de la parte ejecutante, plenamente identificada en autos. Se encuentra presente brindándole protección a este Juzgado Ejecutor de Medidas, el Agente Policial ciudadano: DAVID HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.353.396, adscrita al Comando Policial de esta localidad. En este estado la apoderada judicial de la parte ejecutante, abogada: LIUBA MARIA RAMIREZ ZAMBRANO, ya identificada y con el carácter identificada en autos, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por el Tribunal expuso: “ A fin de dar cumplimiento con la Medida de Desalojo, decretada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y para lo cual fue comisionado este Juzgado Ejecutor de Medidas, solicito se ejecute el desalojo sobre el inmueble donde esta constituido este Tribunal, libre de personas y de bienes muebles en forma inmediata, el inmueble esta construido en dos habitaciones, sala, cocina comedor, pasillo, baño y lavandería, instalaciones de luz eléctrica, cloacas, servicio de agua conectada al servicio público, la cual esta ubicada en la calle 3 N° 3 N° 1-18, Barrio las Mercedes de la Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, alinderadas así: NORTE, con la calle 3; SUR, con propiedad que es o fue de ELIO ROA; ESTE, con propiedad que es o fue de INEZ SUAREZ; y OESTE. Con propiedad que es o fue de los sucesores de FRONILDE CHOSOSMO, la cual es propiedad de la ciudadana: CARMEN AURORA RAMIREZ, ya identificada. Es todo. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado por la apoderada judicial de la parte ejecutante, ya identificada, procedió al DESALOJO del inmueble donde esta constituido este Juzgado, con la desocupación de personas de bienes muebles, haciéndole entrega del referido bien inmueble a la apoderada judicial de la parte ejecutante, declarando por tanto la Desposesión Jurídica por parte del ejecutado, ciudadano: FREDDY ALBERTO PEDRAZA, ya identificado. La parte ejecutante procederá al traslado de los bienes al sitio que indique el ejecutado una vez concluido este acto. La apoderada judicial de la parte ejecutante, ya identificada, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “ Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas, se mantenga el presente Mandamiento de Ejecución, en el Tribunal Ejecutor, hasta tanto se concluya el traslado de los bienes por parte del ejecutado”. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor, declara cumplido el presente Mandamiento de Ejecución, declara concluido el acto y acuerda regresar a su sede a las 9:50 am,el Tribunal deja constancia que la dirección donde se constituyó fue señalada por la apoderada judicial de la parte ejecutante. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ EJECUTOR
ABG. RAMON ALI MENDEZ VASQUEZ
EL NOTIFICADO EJECUTADO
FREDDY ALBERTO PEDRAZA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTANTE
ABG. LIUBA MARIA RAMIREZ ZAMBRANO.
AGENTE POLICIAL
DAVID HERNANDEZ
EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.