Vistas las actuaciones de la presente causa seguida al penado ROSALES MORENO FRANKLIN ALBERTY, suficientemente identificado en autos, este Tribunal para decidir observa:

1-. A los folios 187 al 193 corre inserta decisión dictada por este Tribunal en fecha 15 de diciembre de 2004, en la cual se acuerda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado ROSALES MORENO FRANKLIN ALBERTY, identificado en autos, con RÉGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de UN (01) AÑO, quien fue sentenciado a cumplir pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de GABRIEL ALEXANDER MARQUEZ.

2-. Al folio 203 corre inserto INFORME INICIAL de fecha 19 de julio de 2005, presentado por la Unidad Técnica N° 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario en el cual se relaciona la evolución del comportamiento del penado; se concluye que: “Viene cumpliendo de manera puntual a sus entrevistas, siendo receptivo con su Delegado de Prueba”.

3-. Al folio 205 se encuentra agregado el INFORME FINAL de fecha 14 de febrero de 2006, emanado de la Unidad Técnica No. 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario, en el cual se deja constancia que: “el referido ciudadano finalizó su Régimen de Prueba, de manera satisfactoria, cumpliendo a cabalidad con sus presentaciones. Permaneció estable en las áreas laboral, familiar y personal. Cumplió con las exigencias del régimen, siendo respetuoso y acatador de normas”.

De la revisión del efectivo cumplimiento del régimen de prueba se observa que el penado respondió adecuadamente. No consta que el penado haya cometido otro delito o que curse nueva causa penal en su contra, por lo que, este Tribunal considera que mostró disposición y deseos de cumplir con el régimen de prueba recibiendo las orientaciones impartidas y sujetándose a la supervisión. En consecuencia, vencido el plazo fijado para el régimen de prueba y por cuanto el penado ROSALES MORENO FRANKLIN ALBERTY, cumplió con las condiciones que le fueron impuestas para el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena que le fue otorgado, es por lo que este Tribunal DECLARA CUMPLIDA LA CONDENA Y EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del mencionado penado con relación a la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 105 del Código Penal y por lo tanto se ordena su LIBERTAD PLENA. Así se decide.

Por lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD No. 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA CUMPLIDA LA CONDENA Y EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y por consiguiente la LIBERTAD PLENA al penado ROSALES MORENO FRANKLIN ALBERTY, por haber cumplido con el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA acordado en fecha 15 de diciembre de 2004, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese. Librese las boletas respectivas. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Expídase constancia al penado.
LA JUEZA.


ABG. MARIA HAYDEE VEZGA RAMÍREZ


La Secretaria,

ABG. MARITZA CAROLINA VELASCO

CAUSA N° 2014