REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 13 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2003-000034
ASUNTO : WK01-P-2003-000034
Corresponde a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento de la solicitud formulada , en la presente causa, por el penado ciudadano ELVIS JOSE ALLEN, titular de la cédula de identidad N° 10.509.428, de nacionalidad venezolana de 35 años de edad, de estado civil Soltero, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas en virtud de la solicitud de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio por él interpuesta.
A los fines de decidir sobre lo planteada, este Tribunal observa:
En fecha 13 de julio de 2005 este Tribunal mediante decisión fundada le acordó la formula alternativa de cumplimiento de pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ELVIS JOSE ALLEN, quien presentó oferta de trabajo de la empresa Multiservicios la Cima, la cual riela al folio 70 de la presente causa.
En fecha 07 de junio de 2006, se otorgó al penado de autos y visto el informe conductual de fecha 22 de mayo de 2006, suscrito por la licenciada CARMEN ESCOBAR, Coordinadora UTASP, N° 03 y la delegada de prueba IRIS MOGOLLON, en el sentido de que se le otorgue la fórmula alternativa de cumplimiento de la pena REGIMEN ABIERTO, este Tribunal lo acordó, por ser apto para dicha fórmula , amen de haber cumplido las tercera parte de la pena, la cual la cumplió en fecha 22-08-2005.
El penado solicita se autorice el cambio de sitio de trabajo aduciendo que le fue ofrecido un cargo en el Ministerio de Interior y Justicia como CONTRATADO, la cual riela al folio 160 de la tercera pieza y suscrita por la ciudadana SOL INES SALAZAR CABELLO..
El Tribunal observa que consta al folio 160 oferta de trabajo emanada del Ministerio de Interior y Justicia, en consecuencia se Autoriza la solicitud. Y así se declara.
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, AUTORIZA al ciudadano ELVIS JOSE ALLEN antes identificado EL CAMBIO DE SITIO DE TRABAJO, la cual será en la Avenida Urdaneta, esquina Platanal, edificio sede del Ministerio de Interior y Justicia, piso 7, Caracas, oferta ésta ofrecida por la Directora General de Derechos Humanos del Ministerio de Interior y Justicia la cual corre inserta al folio 160 de la TERCERA pieza del expediente..
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia. Notifíquese al penado, al Ministerio Público y a la defensa. Líbrense boletas. Cúmplase.
La Juez,
DRA. MARIA ESTHER ROA SILVA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA LUISA UGUETO