REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Catorce (14) de Junio de 2006.
195° Y 146°
Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada, Ada León, inscrita en el IPSA bajo el N° 30.169, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora la cual solicita se libre nuevamente el cartel de citación a la parte demandada, el Tribunal observa:
Por cuanto la parte actora, no dio cumplimiento al lapso de quince (15) días, que le fuera conferido en el auto de fecha 18-05-06, para la publicación de los carteles de citación, el Tribunal ordena:
De conformidad con lo previsto en el Artículo 223 del Código de procedimiento Civil, librar nuevamente Cartel de Citación a la parte demandada, Empresa Internacional Aduana P.B.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29-05-1990, anotada bajo el N° 63. Tomo 70-A Sgdo, y posteriormente modificada en fechas 09-04-1991 y 30-05-1993, anotadas bajo los números 77 y 74, Tomos 10 y 128 A-Sgdo, respectivamente, en la persona de su Representante Legal ciudadano: Carlos Epifanio Oropeza Guerrero, venezolano, mayor de edad de este domicilio y portador de la cedula de identidad N° V-5.094.965, a fin que comparezca a darse por citado, por ante éste Juzgado, ubicado en El Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 4, Oficina 4-2, Calle Los Baños, Maiquetía, Estado Vargas, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes, a la última de las publicaciones o fijaciones que del presente Cartel se haga.- Un Cartel deberá ser publicado en los Diarios “EL UNIVERSAL” y “LA VERDAD”, con intervalo de tres (3) días entre uno y otro; y otro deberá ser fijado por el Secretario del Tribunal en la morada, oficina o negocio del demandado. Así mismo se señala, que dicho Cartel deberá contener la advertencia a la parte demandada, que de no comparecer en el lapso fijado, se procederá a la designación de un Defensor Ad Litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio. Igualmente se le hace saber a la parte actora, que tiene un lapso de quince (15) días continuos a la fecha del presente auto exclusive, para publicar y consignar en autos el Cartel ordenado y de no hacerlo, quedará sin efecto lo aquí acordado, suspendiéndose el procedimiento hasta tanto la parte actora le confiera el impulso procesal necesario. Cúmplase. Librese Cartel.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.-
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA
Exp. N°. 894-03.-
ATAP/GG/sonia.-