REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
MAIQUETIA, CINCO (05) DE JUNIO DE DOS MIL SEIS (2006).
195 ° Y 146°

Visto el escrito de Pruebas presentado por el Abogado Pablo Alberto Zambrano Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 35.483. en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana: Fátima Figueira Ferreira , en el presente juicio, el Tribunal ordena agregarlo al Expediente N° 1027-06, de conformidad con el Artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que surtan sus efectos legales.
En relación al Capítulo I de dicho escrito el Tribunal señala: El mérito favorable de los autos no constituye un medio probatorio específico, por lo que no se requiere su promoción y mucho menos su admisión, ya que si tales méritos existen y favorecen a los promoventes, deberán ser apreciadas por el Juez, en la correspondiente decisión definitiva. En base a tales consideraciones, éste Despacho se reserva pronunciarse sobre tales méritos, en el respecto fallo a dictar.
En relación a la Prueba Documental promovida en el Capitulo II de dicho escrito: el Tribunal las admite de conformidad con lo pautado en el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
En relación al Capítulo Ill, de dicho escrito: el Tribunal fija el Segundo (2do) día de despacho siguiente al de hoy, a las 10:00a.m., a los fines de la practica de la Inspección Judicial solicitada.
En relación a la prueba de Informes contenida en el Capítulo lV, el Tribunal la admite, en consecuencia de conformidad con lo pautado en el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena oficiar lo conducente al Juzgado Cuarto de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines que informe a este Juzgado, acerca de los particulares a que se refiere el Capitulo IV del escrito de pruebas, presentado por el apoderado judicial de la parte actora Dr. Pablo Alberto Zambrano Martínez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.483, el cual se le anexa en copia certificada.-. Líbrese Oficio.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO

GAMAL GAMARRA.




EXP. Nro. 1027-06.-