REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, SEIS (06) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006).-
196° y 147°
Vista la anterior diligencia suscrita por el Alguacil que riela al folio cuatro (04) del presente expediente, en la cual informa que el ciudadano CEFERINO DE JESÚS BARRIOS GIL, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.125.144, parte demandada en este juicio, se negó a firmar el recibo correspondiente a la citación personal que le fuera practicada; este Tribunal dispone que la Secretaria Accidental de este Despacho libre boleta de notificación, en la cual comunique al citado la declaración del funcionario relativa a su citación, de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 756 eiusdem y las normativas contenidas en los artículos 461, 514 y 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,
ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ALBERTA QUINTERO PEDRÓN
En esta misma fecha, se libró la boleta de notificación ordenada.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ALBERTA QUINTERO PEDRÓN
Exp. Com. N° 159-06.
LMS/Aqp.-