REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 06 de Junio de 2006
196° y 147°

Vista la anterior diligencia, y por cuanto el Tribunal observa que en el caso de autos se había agotado la citación personal del demandado y sin haberse logrado, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, citar mediante carteles al demandado, a fin de que la parte demandada comparezca por ante éste Tribunal a darse por citado en un lapso de quince (15) días de Despacho siguientes, contados a partir de la constancia en autos del cumplimiento de todas las formalidades, con la advertencia que de no comparecer se le nombrará un Defensor Ad-litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del proceso. Líbrese cartel y publíquese en los diarios El Universal y el Puerto, con el intervalo legal, se concede un plazo de treinta (30) días de Despacho para el cumplimiento de las formalidades de publicación y consignación del cartel vencido el cual de no cumplirse, el cartel librado quedará sin efecto.-
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUIATA ROMERO
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 06 de Junio de 2006
196° y 147°

CARTEL DE CITACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano FEDERICO VILORIA HERNANDEZ, mayor de edad, venezolano, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nros. V-1.440.170.-
Que deberán comparecer por ante éste Tribunal dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes, contados a partir de la última publicación, consignación y fijación que del presente Cartel se haga, a fin de que se den por citados en el Juicio que por EXTINCION DE HIPOTECA, interpusieron las ciudadanas WILMA DE JESUS TORRES RODRIGUEZ Y CARMEN MARIA TORRES COLMENARES, contra usted, que se sustancia en el expediente N° 1147/05.-
Se les advierte que de no comparecer se le nombrará un Defensor Ad-litem con quien se entenderá la citación y demás trámites del proceso. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

EXP. N° 1147/05
SRP/mary