REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, quince (15) de Junio del año dos mil seis (2006).
196º y 147º

ASUNTO: WP11-L-2004-000261

Vista la sentencia dictada por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha veintiséis (26) de Abril del año dos mil cinco, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano VICTOR ALBERTO GUERRERO MIRANDA la cual se encuentra definitivamente firme; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, decreta EJECUCIÓN VOLUNTARIA. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al acuerdo homologado, el cual reviste carácter de cosa juzgada. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTINEZ.

LA SECRETARIA

ABG. MAGJOHLY FARIAS


RM/MF/PIERINA