REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, siete (07) de Junio del año dos mil seis (2006).
196° y 147°

ASUNTO: WP11-S-2006-000095

Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta a los folios ocho (08) al doce (12), celebrada entre la Profesional del Derecho MARIA BEATRIZ SANCHEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.870, en su carácter de APODERADA JUDICIAL de la empresa SANTA BARBARA AIRLINES por una parte y por la otra el ciudadano JAVIER ANGULO titular de la cédula de identidad Nº 16.105.360, debidamente asistido por el Profesional del Derecho JESUS URDANETA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 109.338, presentada ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, asimismo dejan constancia de la entrega y el recibimiento del cheque Nº 38474638, girado contra el Banco Banesco, a nombre del extrabajador y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex_trabajador, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA


Abg. GIOVANNA LANDER.
RM/GL/pierina