REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, ocho (08) de Junio del año dos mil cinco (2005)
196º y 147º

ASUNTO: WP11-L-2005-000418

Visto que en fecha treinta (30) de marzo del año dos mil seis (2006), este Tribunal homologo el acuerdo entre las partes y por cuanto la empresa demandada no ha dado cumplimiento al acuerdo homologado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 9.200.000,00), que comprende el doble de la suma convenida CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,00), más UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00) correspondientes al 30 % por costas de ejecución. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma convenida CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,00), más UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00), correspondientes al 30% por costas de ejecución. Este Tribunal fija para el día diecinueve (19) de julio del presente año a la una horas de la tarde (1.00 p.m.), la Practica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTÍNEZ LA SECRETARIA
Abg. GIOVANNA LANDER.

Parte: JOSE LUIS VELIZ GONZALEZ vs. PROTECCIÓN Y VIGILANCIA 2001, COMPAÑÍA ANONIMA (PROTEVICA).
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios.
RM/GL/Nohemi.