REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, siete (07) de junio de dos mil seis (2006)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000002
PARTE ACTORA: YARISOL MARIA DE VALERA y PEDRO ISRAEL RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-9.960.234 y v-11.058.066, respectivamente.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA DOS SANTOS DE FREITES, inscrita en el inpreabogado bajo el número 32.994.
PARTE DEMANDADA: “CACTUS PIZZAS”.
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA, ANDRES JOSE GRILLO GOMEZ, abogad en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 52.823 y titular de la cédula de Identidad N° 6.888.055.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”

En el día hábil de hoy, siete (07) de junio del dos mil seis (2006), siendo las (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora para que tenga lugar la continuación de la audiencia preliminar, comparecieron a la misma ANDRES JOSE GRILLO GOMEZ, apoderado judicial de la parte demandada, por una parte y por la otra la profesional del derecho MARIA DOS SANTOS, en representación de la parte actora; ambos plenamente identificados. Dándose inicio al acto, la representación de la parte demandada propone cancelarle por concepto de Prestaciones sociales a la parte actora la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.2.350.000,00) y dar por finalizado el presente procedimiento y que este monto corresponde a las partes demandantes de la siguiente manera:

YARISOL DE VALERA.
INDEMNIZACIÓN SUST. ART. 125 Bs. 209.717,50
ANTIGÜEDAD ART. 125 Bs. 143.250,00
INTERESES DE PRESTACIONES Bs. 4.655,44
VACACIONES FRACCIONADAS Bs. 58.808,22
BONO VACACIONAL FRACCIONADO Bs. 27.443,84
ANTIGÜEDAD ART. 108 L.O.T. Bs. 286.500,00
UTILIDADES ART. FRACCIONADAS Bs. 59.625,00
TOTAL PRESTACIONES SOCIALES Y CONCEPTOS A PAGAR Bs. 790.000,00

PEDRO ISRAEL RODRIGUEZ RUIZ
INDEMNIZACIÓN SUST. ART. 125 Bs. 275.888,89
ANTIGÜEDAD ART. 125 Bs. 275.888,89
INTERESES DE PRESTACIONES Bs. 21.424,07
VACACIONES FRACCIONADAS Bs. 144.602,74
BONO VACACIONAL FRACCIONADO Bs. 67.481,28
ANTIGÜEDAD ART. 108 L.O.T. Bs. 643.740,74
DIFERENCIA DE LO QUE LE CORRESPONDE Bs. 275.888,89
UTILIDADES ART. FRACCIONADAS Bs. 145.084,50
TOTAL PRESTACIONES SOCIALES Y CONCEPTOS A PAGAR Bs. 1.560.000,00


Y que el mencionado pago se efectuará en esta misma fecha, mediante cheque N° 64042899, del Código de cuenta 01020128410006681106, del Banco de Venezuela de fecha 07 de junio de 2006, a nombre de la representación MARIA DOS SANTOS. Propuesta esta aceptada por la representación de la parte actora, bajo los términos en que se planteó. Se deja expresa constancia de que nada queda a deber la empresa demandada por concepto de prestaciones sociales ni por ningún otro concepto a la parte actora ciudadanos YARISOL DE VALERA Y PEDRO ISRAEL RODRIGUEZ en el presente juicio. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja constancia de que las pruebas consignadas al inicio de la audiencia le fueron devueltas a ambas partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ



APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,



APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,

ABG. MAGJOHLY FARIAS
EXP. Nº WP11-L-2006-000002
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.”